I.E.S. Justo Millán

CENTRO FINANCIADO POR

Captura de Pantalla 2023-02-16 a las 12.56.05
ministerioeducacion
educ

CONTACTO

Ies Justo Millán

Camino viejo de ISSO s/n

02400 Hellín (Albacete)

Teléfonos: 967 30 17 02

677 71 60 38

Fax: 967 30 02 84

Email:

02003491.ies@iesjustomillan.es

Erasmus +

IMG-20191227-WA0024

PROYECTOS DEL CENTRO

CARTEL PROA WEB

V PLAN DE EXITO EDUCATIVO Cartel WEB

CreacionPlazasFP

Centro bilingüe

LogoCentroBilingue 1 Ingles Pequeno

Elecciones al consejo escolar 2014/2015 PDF Imprimir E-mail

Se adjunta la información relativa para la elección al consejo escolar:

  • DEL 10 AL 13 DE NOVIEMBRE PUEDES PRESENTAR TU CANDIDATURA
  • VOTACIONES EL DÍA 20 DE NOVIEMBRE
  • PUEDEN SER ELEGIDOS TRES ALUMNOS DEL CENTRO COMO REPRESENTANTES EN EL CONSEJO ESCOLAR

 

Composición del Consejo Escolar. (Art. 126 de la LOE en vigor, apartado d) modificado por la LOMCE)

1. El Consejo Escolar de los centros públicos estará compuesto por los siguientes miembros:

a) El director del centro, que será su Presidente.

b) El jefe de estudios.

c) Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro.

d) Un número de profesores que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo, elegidos por el Claustro y en representación del mismo.

e) Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.

f) Un representante del personal de administración y servicios del centro

g) El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.

 

 

Competencias del Consejo Escolar. (Art. 127 de la LOMCE)

El Consejo Escolar es el órgano consultivo del centro, y tendrá-las siguientes competencias:

a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el . II del título V de la presente ley orgánica.

b) Evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente ley orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

e) Informar sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta ley orgánica y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente ley orgánica, la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y la prevención de la violencia de género.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa."

CALENDARIO RENOVACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR CURSO 14-15

Plazo de presentación de candidaturas

Del 10 al 13 de noviembre

Publicación de listas provisionales de candidatos

14 de noviembre

Reclamaciones

Del 14 al 17 de noviembre

Publicación de listas definitivas de candidatos

17 de noviembre

Constitución de mesas electorales y celebración de elecciones

20 de noviembre

 

PIENSA-REFLEXIONA Y CONSIDERA SI ESTÁS INTERESADO EN PRESENTAR TU CANDIDATURA